jueves, 22 de junio de 2017

que es una persona natural y jurídica 😆 y su diferencia

persona natural

La persona natural o física son todos los ente de la especie humana que sólo por el hecho de existir las características dadas por el derecho desde el punto de vista jurídico que tienen como atributo que son domicilio, nacionalidad, etc. 😆estas personas poseen un patrimonio personal que no se puede separar de su dueño y puede contraer nuevas obligaciones o derechos que pueden ser transferido entre unos y otros pero el patrimonio continuará vinculado indefinidamente a el individuo mientras persiste el patrimonio que es el único que las personas nunca pierden sea cual sea.

persona jurídica

Persona jurídica (o persona moral) es una organización con derechos y obligaciones que existe, pero no como individuo, sino como institución y que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin ánimo de lucro.

En otras palabras, una persona jurídica es todo ente con capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y que no sea una persona física. Así, junto a las personas físicas existen también las personas jurídicas, que son entidades a las que el Derecho atribuye y reconoce una personalidad jurídica propia y, en consecuencia, capacidad para actuar como sujetos de derecho, esto es, capacidad para adquirir y poseer bienes de todas clases, para contraer obligaciones y ejercer acciones ante el juez.
diferencia entre las personas naturales y jurídicas
En el Derecho la persona natural es la persona física con capacidad de obrar. Esto es, cualquier persona. 
Persona jurídica es una sociedad, una empresa, o en general cualquier institución pública o privada con capacidad jurídica y capacidad de obrar. 
La capacidad jurídica, es la facultad suficiente para realizar actos juridicos y ser titular de Derechos y deberes y la tiene cualquier persona física o jurídica desde su nacimiento. 
La capacidad de obrar, por el contrario, se adquiere con la mayoría de edad, mientras que la persona jurídica tiene capacidad de obrar desde su constitución.

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